La Administración Nacional de Aviación Civil publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución 25-E/2018 mediante la cual se establece la obligatoriedad de la instalación y uso de equipos respondedores (ATC Transponder) o bien un Sistema de Vigilancia Dependiente Automática (los populares ADS-B) para todas aquellas aeronaves con matrícula argentina que operen bajo lo que se denomina Zona de Identificación de Defensa Aérea (ADIZ) que abarca al territorio argentino ubicado desde el paralelo 29° hacia el Norte y los límites internacionales con Chile, Paraguay, Bolivia, Brasil y Uruguay.
La obligatoriedad de la medida se implementará en dos etapas: a partir del 1 de febrero alcanzará a todas aquellas aeronaves que cuenten con certificado de aeronavegabilidad especial, categoría restringido, propósito agrícola. A partir del 1 de agosto de 2018 la instalación y uso de los equipos será obligatorio para todas las aeronaves de la aviación general. En ambos casos aplica cuando operen dentro de la ADIZ.
En su artículo 3° la Resolución también indica que la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea deberá elaborar dentro de los próximos 30 días el proyecto de procedimiento para implantar la «Información de Intención de Vuelo», el cual debe contener esta información (detallada en el artículo 4°): 1) Fecha, 2) Matrícula, 3) Tipo de Aeronave, 4) Color de la aeronave, 5) Piloto, 6) Licencia, 7) Coordenadas de salida, 8) Zona de operación, 9) Coordenadas de destino, 10) Hora prevista de salida, 11) Hora prevista de arribo, 12) Tiempo estimado de vuelo y 13) Autonomía de vuelo. Esto será obligatorio una vez publicado el procedimiento para todos quienes pretendan operar dentro de la ADIZ.
La obligatoriedad del uso de transponders o ADS-B se llega en el contexto de la declaración de la Emergencia de Seguridad Pública (Decreto 228/2016 del Poder Ejecutivo Nacional), el cual crea un marco para el combate de delitos complejos como el narcotráfico y el contrabando, entre otros, que incluye a la defensa del espacio aéreo como una de sus prioridades. En él se establecieron las Reglas de Protección Aeroespacial que, entre varias cuestiones, permite el derribo de aquellos considerados «vectores incursores hostiles» (es decir, aeronaves no identificadas que ingresen al espacio aéreo argentino sin identificarse, omitan las instrucciones de la autoridad e impliquen «una probabilidad de daño o peligro a los intereses vitales de la Nación».
Que aquellas aeronaves que realizan tareas agrícolas o de aviación general de manera legal en «zonas calientes» tengan equipos que permitan su fácil identificación por parte del Comando de Vigilancia Aeroespacial reducirá el riesgo de que sean preclasificados como tránsito aéreo irregular u hostil y active una cadena de acciones que pueda terminar con daños irreversibles.
Este es el texto completo de la Resolución 25-E/2018:
Resolucion 25-E-2018 - uso de transponders y ADSB aviacion general ADIZ