En el marco de debate por la ley de Presupuesto 2023, la Cámara de Diputados aprobó esta mañana los artículos referidos a la creación de la nueva Tasa de Seguridad de la Aviación propuesta por una diputada del oficialismo.
La tasa fue aprobada por apenas tres votos de diferencia, tras obtener 124 positivos, 121 negativos y 2 abstenciones. El objetivo de esta es lograr una nueva fuente de financiación para las actividades de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, organismo que, argumentan desde el gobierno, es el único del entorno aeronáutico que no recibe ingresos directamente de la venta de pasajes aéreos luego de que la ANAC pasase a cobrar la denominada «tasa de seguridad». Ahora la ley de presupuesto va al Senado.
El valor del nuevo impuesto que tendrán que pagar quienes tomen vuelos nacionales o internacionales tendrá como tope el 0,25% del sueldo básico del grado jerárquico de Oficial Principal del Escalafón General del personal Policial de la PSA, lo que, en base al salario actual, representaría unos 250 pesos argentinos.
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A las críticas que ya habían realizado desde las compañías aéreas el día de ayer a través de JURCA, hoy se sumó la del CEO de Flybondi, Mauricio Sana, quien a través de una publicación en su cuenta de Twitter dijo que «parece poco y tratan de que pase desapercibido, pero se está encareciendo cada vez más la posibilidad de volar».
«250 pesos aproximadamente para el próximo año sumarían 40 millones de dólares que los pasajeros van a tener que pagar con este nuevo impuesto», agregó.
A esa cifra se podría llegar considerando los 30 millones de pasajeros nacionales e internacionales que se movilizarían en Argentina en 2023, un valor del dólar que, según el mismo presupuesto cerraría a finales del próximo año en 270 pesos, y un sueldo de los efectivos de la PSA acompañando la inflación proyectada del 60%. Pero si tenemos en cuenta los antecedentes, todos los valores pueden llegar a quedarse cortos.
«¿Y luego que nuevos impuestos se crearán? Estoy convencido de que hay una manera eficiente de operar sin sobrecargar a los pasajeros con impuestos. E insisto con que hace falta políticas claras de largo plazo que incentiven el mercado y el sector; y no que lo presionen con impuestos y tasas que solo logra que cada vez menos personas puedan acceder a un ticket», concluyó Sana en contacto posterior con Aviacionline.
Desde JURCA habían manifestado ayer que «esto sería abrir una puerta a no sabemos dónde, desconociendo qué nivel de servicio o alcance tendría» y que «imaginar que los pasajeros paguen por controles de la PSA en municipios o en allanamientos ordenados por la justicia sería extraño de explicar. Si la PSA operara exclusivamente en aeropuertos la tasa al menos haría honor a eso, pero vemos que muchas veces se la utiliza para hacer cosas lejos del aeropuerto y que poco tienen que ver con el servicio aeroportuario».
Los pasajes aéreos en Argentina ya están fuertemente gravados con tasas como la de seguridad, la de uso de aeroestación, el IVA, ingresos brutos provinciales y, en el caso de pasajes internacionales, la tasa de migraciones, el impuesto del 7% (Ley Nacional de Turismo) y los ya conocidos impuestos y percepciones que aplican a la compra de productos y servicios en el extranjero, que pueden llegar hasta el 100%.
Texto completo de los artículos incorporados al Presupuesto 2023
Art. 120.- Sustitúyese la denominación “Tasa de Seguridad” establecida en el artículo 16 del Anexo I al Decreto N° 163 del 11 de febrero de 1998, por “Tasa de Seguridad Operacional”, correspondiente al servicio público de seguridad Operacional a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.
Art. 121.- Créase la Tasa de Seguridad de la Aviación, correspondiente al servicio público de seguridad de la aviación contra actos de interferencia ilícita que presta la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
La Tasa de Seguridad de la Aviación será un monto fijo que determinará el Ministerio de Seguridad de la Nación, cuyo valor no podrá superar el equivalente a cero coma veinticinco por ciento (0,25%) del sueldo básico del grado jerárquico de Oficial Principal del Escalafón General del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA aprobado por Ley Nº 26.102 y su decreto reglamentario Nº 836/08 y modificatorios. Dicha Tasa será equitativa y proporcional al servicio prestado y deberá ser abonada por los pasajeros que embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje, de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos de la República Argentina.
Las compañías aéreas y/o quienes tengan a su cargo la venta de los billetes aéreos actuarán en carácter de agentes de percepción de la Tasa de Seguridad de la Aviación, debiendo rendir cuentas e ingresar los montos percibidos en la forma y condiciones que determine la reglamentación. Los fondos recaudados se afectarán al cumplimiento de las disposiciones del Decreto N° 742/2021.
El Ministerio de Seguridad de la Nación podrá establecer categorías diferenciadas y supuestos de excepción y dictará las normas reglamentarias pertinentes.