Guatemala establece nuevas restricciones de ingreso a extranjeros

A través del Acuerdo Ministerial 88/2021, el gobierno guatemalteco estableció que entre el 16 y el 30 de abril no podrán ingresar al país los extranjeros que durante los 14 días previos hayan estado en Brasil, Inglaterra, Irlanda del Norte y Sudáfrica, con el objetivo de contener el avance de nuevas cepas de COVID-19.

Según señalaron desde el Instituto Guatemalteco de Migración, esta restricción no aplica a guatemaltecos, extranjeros con residencia permanente en Guatemala, personal del cuerpo diplomático acreditado en el país y tripulación de aeronaves. También quedan exentos los ingresos por cuestiones humanitarias.

Pero en estos casos deberán cumplir con 10 días de cuarentena obligatoria en el lugar de residencia o en un hotel con costos su cargo.

Actualmente para ingresar a Guatemala por vía aérea los guatemaltecos y extranjeros no residentes deben presentar un comprobante de prueba negativa de antígeno o PCR realizada dentro de las 72 horas al embarque.

Ante situaciones excepcionales se permite el abordaje en vuelos hacia Guatemala sin poseer los tests, pero la aerolínea lo reportará a las autoridades para que a su arribo sea conducido para realizar el testeo antes de ser admitido.

Quienes hayan padecido COVID-19 en los tres meses previos pueden ingresar presentando certificado médico o de la clínica de salud donde se le atendió que documente la fecha de diagnóstico (incluyendo copia de la prueba que confirmó el diagnóstico), y la de recuperación del pasajero (esta última deberá ser con un mínimo de 10 días después de haber sido diagnosticado).

Así también podrán ingresar quienes han completado la vacunación presentando la constancia oficial. La última dosis debe haber sido administrada como mínimo dos semanas antes de viajar.

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