La Comisión Europea de la Competencia dictaminó que Italia Trasporto Aereo (ITA) no es la sucesora de Alitalia. Por lo tanto, no está obligada a devolver las ayudas estatales ilegalmente recibidas por aquella. Las normas sobre ayudas estatales de la Unión Europea (UE) establecen que si una empresa se funda con los activos de otra pero existe «discontinuidad económica» entre ellas, no es responsable de las ayudas recibidas en el pasado por esta.
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Margrethe Vestager, comisaria europea de la competencia, señaló que «Italia ha demostrado que existe una clara ruptura entre Alitalia y la nueva compañía aérea ITA. Su inversión en ITA se ajusta a las condiciones que habría aceptado un inversor privado», dijo Vestager a través de un comunicado. La Comisión llegó a la conclusión basándose en el plan de Italia para la nueva compañía y en las condiciones en que se transferirán determinados activos de Alitalia a ITA.
Entre otros, los elementos que buscan garantizar la discontinuidad son los siguientes:
- ITA operará menos de la mitad de la flota de Alitalia, centrándose en rutas rentables.
- La marca Alitalia se venderá en licitación pública.
- El programa de fidelización de Alitalia, MilleMiglia, se venderá en licitación pública, en la que ITA no podrá participar.
- ITA tampoco honrará los pasajes de Alitalia, por lo que los clientes deberán buscar un reembolso con ésta.
Por último, la Comisión también remarcó que los aportes de capital que el Estado italiano realizará a ITA (que ascienden a 1.350 millones de euros en los próximos tres años), se realizan en condiciones de mercado y, por lo tanto, no equivalen a ayuda estatal.