Adiós a los vuelos de carga en el AICM: aerolíneas tendrán 108 días para mudar sus operaciones

Agustín Miguens

Ya es oficial: finalmente, el gobierno de México publicó en la tarde de ayer el decreto que oficializa la suspensión de las operaciones de transporte aéreo de carga en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México (conocido como AICM).

En el texto se establece que «queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga».

Además, aclara que «quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros».

Según confirmó el documento, y tal como se suponía en los últimos días, las aerolíneas tendrán un plazo de 108 días hábiles para mudar sus servicios al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (conocido como AIFA).

El pasado 17 de enero, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) había emitido un decreto para el traslado de las operaciones hacia el nuevo aeropuerto de la capital, inaugurado en marzo de 2022.

Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, confirmó esa misma semana que buscaría llevar a cabo la medida. El mandatario citó la congestión del AICM como el principal motivo. No obstante, aseguró que sólo se efectivizaría a partir de un consenso entre todas las partes involucradas.

El 24 de enero, el mandatario comentó en su conferencia matinal diaria que DHL se convertiría en el primer operador extranjero en trasladar sus operaciones. De acuerdo con sus declaraciones, el primer servicio tendrá lugar hacia finales de febrero o inicios de marzo. Además, el presidente aseguró que estará presente para dar la bienvenida a la compañía al nuevo aeropuerto.

La controversia en torno al plazo

En su artículo quinto, el decreto publicado ayer establece que las aerolíneas contarán con un plazo máximo de 108 días hábiles para mudar las operaciones a partir de su entrada en vigor; es decir, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. No obstante, diferentes actores de la industria se habían expresado en contra de esto.

La Cámara Nacional de Aerotransportes (CANAERO), que representa a más de sesenta aerolíneas nacionales e internacionales y otros prestadores de servicios aéreos en el país, había asegurado que la industria requeriría un mínimo de 360 días naturales para poder concretar la migración «bajo las mismas condiciones técnicas y operativas que actualmente existen en el AIFA».

Por su parte, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) había propuesto un período de adaptación de 180 días. El organismo mencionó que el AIFA aún no está preparado para recibir las operaciones, ya que carece de los almacenes de carga necesarios e inclusive de agentes aduaneros.

 

 

 

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