Volvemos a la limitación de 100 milímetros de líquido por recipiente en el equipaje de mano

Claudio Benites

La Unión Europea ha anunciado una nueva normativa sobre el equipaje de mano en los aeropuertos que entrará en vigor a partir del próximo 1 de septiembre. Esta medida afecta únicamente a aquellos aeropuertos que tengan instalados escáneres C3, los cuales permiten llevar en el equipaje de mano líquidos sin restricción en cuanto a la cantidad. Sin embargo, a partir del próximo mes, tan solo se permitirán envases de un máximo de 100 ml.

Una medida de carácter temporal

Esta medida es de carácter temporal, pues alegan que el sistema ha de revisarse, por lo que vuelven las limitaciones. Este tipo de escáneres son los más avanzados en cuanto a detección, lo que permite a los pasajeros llevar líquidos sin restricciones, así como guardar dispositivos electrónicos sin tener que sacarlos de la maleta al pasar el control de seguridad.

La seguridad aeroportuaria estaba viviendo una revolución en cuanto al escaneo de los equipajes de mano. Los antiguos detectores de rayos X, que sólo podían analizar recipientes con un máximo de 100 mililitros, estaban siendo sustituidos por nuevos escáneres C3, que permitían registrar los envases de líquidos, sin importar la cantidad, y por sistemas EDSCB, con sistema de detección de explosivos para los equipajes de mano, que mejoraban la experiencia del pasajero.

Sin embargo, a finales de julio, la Unión Europea frenó estos cambios con reformas, de carácter temporal, en el Reglamento de Seguridad de la Aviación. Estos cambios obligarán a los clientes a volver a tener que clasificar sus líquidos y geles en envases de 100 mililitros, como máximo, y tener que mostrarlos aparte, junto a los dispositivos electrónicos en los controles. Se establece así un retroceso en cuanto a comodidad, que entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2024.

¿Cuánto líquido se puede llevar en la maleta de mano?

Pese a que tanto las tecnologías EDSCB y los escáneres C3 habían recibido los sellos «EU Stamp» o la marca «EU Stamp pendiente», la Comisión Europea estima que necesitan ser revisadas para mejorar su rendimiento: «Como medida de precaución, para mantener la seguridad del transporte aéreo, se debe introducir una limitación al volumen máximo de los recipientes individuales de LAG, que puedan ser examinados por cualquiera de las configuraciones de equipos EDSCB estándar C3 actualmente aprobadas», recoge el documento aprobado por la Comisión Europea.

Descontento en los aeropuertos

Según ACI Europe, asociación internacional de aeropuertos que representa, lidera y defiende los intereses de la industria aeroportuaria, estos cambios: «Reducirán el flujo de pasajeros en los controles de seguridad de los aeropuertos que han implementado los escáneres C3, lo que resultará en una tensión operativa significativa, cuya mitigación requerirá la contratación de personal adicional y la reconfiguración de los puntos de control de seguridad, donde sea posible», han manifestado en un comunicado.

Además, la organización también alude a los costes de invertir en seguridad: «Comprar escáneres C3 es, en promedio, ocho veces más caro que las máquinas de rayos X convencionales que están reemplazando, mientras que los costos de mantenimiento operativo son cuatro veces mayores».

¿Por qué limitan el volumen de líquidos en el avión?

Olivier Jankovec, director general de ACI EUROPE, ha expuesto que «la seguridad es innegociable, está en lo más alto de las prioridades para los aeropuertos de Europa. Por lo tanto, todos los aeropuertos cumplirán plenamente con la nueva restricción. Sin embargo, la realidad es que los aeropuertos que han sido pioneros en adoptar esta nueva tecnología están siendo fuertemente penalizados tanto operativa como financieramente».

«Habían tomado la decisión de invertir y desplegar escáneres C3 de buena fe, basándose en que la UE había aprobado este equipo sin ninguna restricción. La decisión de imponer ahora restricciones significativas a su uso cuestiona la confianza que la industria puede tener en el actual sistema de certificación de la UE para equipos de seguridad en aviación. Necesitamos aprender de esta situación y asegurarnos de que el sistema de certificación de la UE brinde la certeza legal y la estabilidad operativa necesarias en el futuro”, ha añadido.

Líquidos permitidos en el equipaje de mano

Desde la página oficial de Aena indican todo lo que está permitido llevar en la cabina de un avión. Estos son los líquidos permitidos para llevar en tu maleta de cabina:

  • Líquidos y perfumes.
  • Cremas.
  • Aerosoles.
  • Espumas.
  • Geles, champú, pasta de dientes.
  • Medicinas líquidas o dietas especiales que deban ser utilizadas durante el viaje (vuelo de ida, de vuelta y estancia).
  • Bebidas, cosmética, perfume, etc. comprados en las tiendas del aeropuerto o en una aeronave de cualquier compañía aérea.

¿Cómo deben ir guardados los líquidos en cabina?

Pero, ¿cómo deben ir empaquetados estos líquidos? Desde Aena indican que los líquidos, perfumes, cremas, aerosoles, espumas, geles, champú y pasta de dientes deben ir en envases individuales de 100 ml. Todos ellos deben ir, además, dentro de una única bolsa de tipo ‘zip’ (transparente, con sistema de abrir y cerrar) de un litro como máximo, lo que suele coincidir con medidas de 20 x 20 centímetros.

Aparte puedes transportar medicinas que sean necesariamente líquidas o dietas especiales, siempre acompañadas de la receta médica o el papel que justifique esa condición particular.

Pasar el control de seguridad para acceder a la puerta de embarque puede ser un momento tedioso dentro del proceso de viajar en avión. Por ahora lo seguirá siendo.

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