ANAC otorga una prórroga de 90 días a las aerolíneas para adecuar las aeronaves a las nuevas normas de descanso
La autoridad aeronáutica oficializó la prórroga un día después de que el gremio APLA culpara al Gobierno por la inminente interrupción de vuelos en julio.
En una carrera contra el tiempo para evitar un conflicto operativo en plena temporada alta, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) oficializó hoy una prórroga de 90 días para que las aerolíneas adecúen sus aeronaves a las nuevas normas de descanso para tripulaciones.
La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 402/2025, llega apenas 24 horas después de que la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) lanzara una dura advertencia sobre "cientos de cancelaciones" de vuelos durante las vacaciones de invierno. El sindicato atribuyó el caos inminente a la incertidumbre y la inviabilidad técnica del Decreto 378/2025.
La decisión, según la autoridad aeronáutica, surge tras una solicitud de las propias aerolíneas, que manifestaron a la autoridad aeronáutica enfrentar "demoras no previstas" para llevar adelante las modificaciones en los respaldos de asientos y apoya pies destinados al descanso de las tripulaciones de vuelo. Estos cambios son mandatorios bajo el Decreto 378/2025, que moderniza la regulación de tiempos de servicio, vuelo y descanso en Argentina.
Dicha normativa se inspira en la regulación FAR Part 117 de la Administración Federal de Aviación (FAA) de los Estados Unidos, un estándar global que busca mitigar los riesgos asociados a la fatiga en la aviación comercial para reforzar la seguridad operacional.
Según consta en la resolución, los operadores aéreos señalaron que la adaptación de sus flotas demandaría un plazo máximo de noventa días corridos. Aunque las empresas participaron en las consultas previas al dictado del decreto original, la ANAC decidió conceder la extensión "atento al inminente inicio de la temporada alta", con el objetivo de optimizar la programación de vuelos y evitar cancelaciones durante el pico de demanda de las vacaciones de invierno.
En un comunicado emitido el 24 de junio, APLA denunció que las aerolíneas, incluyendo a Aerolíneas Argentinas, Flybondi y JetSMART, no disponían de las programaciones de vuelo para julio. El gremio calificó el decreto como "inconsulto, ilegítimo e ilegal", y responsabilizó a la Subsecretaría de Transporte Aéreo por una "total falta de planificación". La advertencia fue contundente: "la falta de previsibilidad dará lugar a cientos de cancelaciones de vuelos".
Más allá de la declaración de APLA, la resolución se centra en los requisitos de adecuación técnica de los asientos y en el pedido de las compañías, sin hacer mención a lo manifestado por el gremio y a los otros puntos que reclama, como la modificación de los tiempos de servicio y descanso.
¿Por qué los pilotos y las aerolíneas discrepan sobre el Decreto 378/2025?
El gremio de pilotos (APLA) lo considera "inconsulto" e inviable a corto plazo, advirtiendo sobre cancelaciones masivas. Las aerolíneas, por su parte, solicitaron formalmente una prórroga para realizar las complejas adaptaciones técnicas en los asientos, la cual fue concedida por ANAC para evitar disrupciones en temporada alta.
El núcleo del problema es la implementación de un nuevo régimen de gestión de fatiga inspirado en la regulación FAR Part 117 de la FAA estadounidense. Esta normativa exige condiciones específicas para el descanso de la tripulación en vuelo, lo que obliga a las empresas a realizar cambios físicos en sus aeronaves, un proceso que requiere tiempo para su ingeniería, adquisición de partes y certificación.
Si bien la prórroga de 90 días desactiva la amenaza inmediata de un julio caótico, la ANAC dejó una clara advertencia en su resolución. El organismo subraya que, una vez vencido el nuevo plazo, las aerolíneas serán "plenamente responsables de las eventuales cancelaciones que provocaría el incumplimiento". De esta manera, la responsabilidad por la correcta implementación recae ahora de forma explícita sobre los operadores aéreos.
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