A última hora de la noche del martes 22 de noviembre, la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) brasileña aprobó la resolución que modifica el RDC nº 456/2020, incorporando nuevas medidas a adoptar en aeropuertos y aeronaves debido al escenario epidemiológico de Covid-19 en el país. Entre otras modificaciones, se reimpone el uso obligatorio de mascarillas en estos entornos.
En agosto de este año y después de más de dos años la Agencia aprobó por unanimidad el fin de la exigencia de equipos de protección en los vuelos en Brasil. Ahora, el uso del barbijo debe volver a la rutina de los pasajeros y otras personas que circulan por los aeropuertos, a partir de este viernes 25 de noviembre.
El anuncio de la obligación se produce el mismo día en que Anvisa aprobó el uso temporal y de emergencia de dos vacunas bivalentes contra el Covid-19 de Pfizer (Comirnaty). Las vacunas aprobadas son para su uso como dosis de refuerzo en la población de 12 años o más.
Para apoyar la evaluación del escenario epidemiológico, Anvisa celebró el pasado lunes (21) una reunión con expertos en la materia para discutir los datos disponibles. En esa ocasión, participaron representantes de la Sociedad Brasileña de Enfermedades Infecciosas; del Consejo Nacional de Secretarios de Salud – Conass; del Consejo Nacional de Secretarios Municipales de Salud – Conasems; de la Fundación Oswaldo Cruz; y de la Asociación Brasileña de Salud Colectiva, así como los epidemiólogos Carla Domingues y Wanderson Oliveira.
Los participantes en la reunión subrayaron que los datos epidemiológicos exigen el regreso de las medidas de protección no farmacológicas como el uso de mascarillas especialmente en el transporte público, los aeropuertos y los entornos cerrados/confinados.
Según el director Alex Campos, que propuso la medida, «el uso de mascarillas en los ambientes de mayor riesgo, por sus características de confinamiento, circulación y aglomeración de personas, representa un acto de ciudadanía y protección a la comunidad y tiene como objetivo mitigar el riesgo de transmisión y contagio de la enfermedad».
El uso de las mascarillas
El uso de mascarillas se recomienda desde agosto de este año, especialmente para las personas con síntomas de gripe y las más vulnerables, como los inmunodeprimidos, las embarazadas y los ancianos, según la Resolución RDC 456/2020.
El director Daniel Pereira, relator del asunto, presentó un voto basado en la posición del área técnica, sugiriendo reforzar la recomendación del uso de máscaras por los viajeros.
Sin embargo, ante los datos epidemiológicos actuales, que indican un aumento del número de casos de Covid-19 en la población brasileña, la Dirección Colegiada consideró necesario restablecer el uso obligatorio de mascarillas en aeropuertos y aviones, con el fin de contener la propagación de la enfermedad en la población que utiliza estos entornos para trabajar o viajar.
También se consideró el comportamiento con características de estacionalidad pandémica, ya que, en los últimos años, se observó en Brasil el aumento de la transmisión del virus en los meses de noviembre a enero, situación que puede agravarse aún más con la previsión de un mayor flujo de viajeros que pasan por los aeropuertos para las vacaciones escolares y las fiestas de fin de año.
En un comunicado Anvisa dijo que actuó, una vez más, dentro de sus facultades legales: después de una sólida evaluación del escenario epidemiológico brasileño y mundial, la observación del comportamiento de la pandemia en los últimos años, la prospección de datos sobre los indicadores de la pandemia y los estudios científicos, adaptando las normas vigentes de manera proporcional al riesgo para la salud pública.
La Agencia permanecerá atenta, evaluando y monitoreando los datos epidemiológicos, para que las medidas puedan ser revisadas siempre que sea necesario, buscando el cumplimiento de su misión en la protección de la salud de las personas.
Nuevas normas
La nueva resolución aprobada por Anvisa establece la obligatoriedad del uso de mascarillas en el interior de las terminales aeroportuarias, medios de transporte y otros establecimientos situados en la zona del aeropuerto.
Cabe destacar que la norma prohíbe el uso de:
– máscaras de acrílico o plástico;
– máscaras con válvulas de exhalación, incluyendo N95 y PFF2;
– Pañuelos, pañuelos de tela o cualquier otro material que no se caracterice como máscara de protección para uso profesional o no profesional;
– las máscaras para uso no profesional fabricadas con una sola capa o que no respeten los requisitos mínimos establecidos en la ABNT PR 1002 – Guía de requisitos básicos para los métodos de ensayo, fabricación y uso.
Según la resolución, las mascarillas deben llevarse ajustadas a la cara, cubriendo la nariz, la barbilla y la boca, minimizando los espacios que permiten la entrada o salida de aire y gotas respiratorias.
Según la resolución, las mascarillas deben llevarse ajustadas a la cara, cubriendo la nariz, la barbilla y la boca, minimizando los espacios que permiten la entrada o salida de aire y gotas respiratorias.
Se eximirá de la obligación de llevar mascarilla a las personas con trastorno del espectro autista, discapacidad intelectual, discapacidad sensorial o cualquier otra discapacidad que les impida llevar correctamente la mascarilla, así como a los niños menores de tres (3) años.
Además, se permite quitar la máscara exclusivamente
I – dentro de la aeronave para:
a) hidratación;
b) alimentación durante el servicio a bordo.
II – en los patios de comidas o zonas destinadas exclusivamente a las comidas en las terminales de los aeropuertos para
a) hidratación;
b) alimentación.
III – en otros entornos de terminales aeroportuarias, para
a) hidratación;
b) alimentación.
Por último, la norma aprobada establece que, en los vehículos utilizados para el embarque o desembarque de viajeros en zonas remotas, debe garantizarse que los viajeros y conductores mantengan el uso obligatorio y adecuado de mascarillas en el interior del medio de transporte.
La Agencia subraya que se mantiene la posibilidad de realizar servicios a bordo en los vuelos nacionales, según la decisión adoptada el 13/05/22, a través del RDC nº 684/2022.
La Resolución entrará en vigor el 25 de noviembre de 2022.
Siguen con esta pelotudez…hasta cuando??
Y siiiiii un poco más…total ????????♀️ nos creemos TODOOOO lo qué los medios nos quieren hacer creer…????????♀️NO HAY REBROTE EN BRASIL !!! Sólo es una Campaña en contra de Bolsonaro porque Lula hizo FRAUDE !!! ????????♀️